Costumbre mercantil definición:
La costumbre mercantil en Colombia es un conjunto de prácticas, nombres y modos de operación en el comercio, que tiene elementos y formas de probar, por lo que adquiere la supremacía de ser auxiliar de la ley comercial colombiana.
Antecedentes:
El derecho comercial como se conoce hoy en día ha sufrido múltiples cambios a raíz de cómo la realidad de la época iba avanzando.
- Prehistoria: Los inicios del derecho comercial a nivel mundial comienzan en la prehistoria. Cuando entre tribus realizaban lo que se conoce como "el trueque", que es el intercambio de alimentos o bienes para la tribu. Es en este momento histórico es donde inicia la esencia de la economía y de las costumbres mercantiles. La costumbre mercantil en este momento estaba dada por las necesidades de la tribu, por ejemplo necesitaban de sal para conservar los alimentos, por lo que era de vital importancia. La equivalencia de una cantidad establecida de pescados o de carne por un kilo de sal era algo aceptado a nivel general, por lo tanto se convirtió rápidamente en costumbre, lo que llevo a su vez, que siguieran existiendo y desarrollando equivalencias para los distintos bienes necesarios para la comunidad y es así como la costumbre mercantil comienza a ser reconocida como ley o norma que establecida un cambio justo.
- Edad antigua: Para entender este periodo es necesario situarse en las costas del mediterráneo, porque es allí donde el imperio romano estaba en su auge. El comercio en esta época ya había avanzado hasta denominarse "comercio". La principal vía de conexión entre diferentes lugares era la marítima, en esta vía se concentraba el transporte de mercancías como especias, telas, vinos, aceites entre otros. En la isla de Rodas se inicia un desarrollo jurídico sobre el derecho marítimo, que establecía unas normas que lo reglamentaban y también de este desarrollo jurídico nace lo que hoy en día se conoce como "seguro", que daba a los comerciantes de la época la solidez de que la mercancía estaría segura durante el trayecto de puerto a puerto.
- Edad media: Los hechos más relevantes en este periodo de la historia son: primero el impero romano cae hacia el siglo V, por lo tanto los territorios entra en un afán de reorganizarse nuevamente y tener un poder sobre sus territorios como lo hicieron los romanos. Es así como nace el feudalismo, y cuando el señor feudal comienza dictaminar las reglas, que normalmente era la aplicación de la costumbre romana en lo que concierne a todos los ámbitos sociales, incluido el comercio. Durante esta época la burguesía inicia su auge y debido a esta razón el señor feudal comienza un debate sobre las costumbres que se deberían de implementar en el comercio.
- Edad moderna: En este periodo de tiempo en Europa de la época se había organizado en reinos, con monarcas, duques, marqueses y barones. En este tiempo la figura del Rey estaba basada en que él fue elegido por Dios y que por lo tanto sus decisiones estaban basas en su deber divino. Por lo tanto la gran mayoría de las costumbres mercantiles de la época llegan a su fin, pero es importante destacar que las costumbres fueron los inicios de un desarrollo jurídico para la época. Una vez establecidas las normas como se conocen hoy en día que eran dictaminadas por el Rey, nacen instrumentos como los registros de contabilidad por partida doble, el pago de impuestos y la creación de empresas, en donde se destacan las compañías de las Indias, entre la corona Española con sus colonias en América.
Elementos:
En Colombia la costumbre mercantil está respaldada por medio del Código de comercio en su Art 3o, en donde dice lo siguiente:
"La costumbre mercantil tendrá la misma autoridad que la ley comercial, siempre que no la contraríe manifiesta o tácitamente y que los hechos constitutivos de la misma sean públicos, uniformes y reiterados en el lugar donde hayan de cumplirse las prestaciones o surgido las relaciones que deban regularse por ella. En defecto de costumbre local se tendrá en cuenta la general del país, siempre que reúna los requisitos exigidos en el inciso anterior."
De lo anterior se puede destacar y mencionar que el art ejusdem proporciona elementos que se deben tener en cuenta al momento de considerar o de tener un criterio como "costumbre mercantil". Los elementos a considerar son los siguientes:
- Uniformidad: Indica que el acto mercantil debe de ser aplicado de manera idéntica, siempre que el mismo se realice.
- Reiteración: Evidencia el acto como un suceso que se realiza de forma permanente y durante un periodo indeterminado de tiempo.
- Publicidad: Da a entender que el acto o suceso mercantil debe ser conocido por un grupo o agremiación de personas que se dedican al comercio.
- No contraria a la ley: Explica que el acto o suceso mercantil debe de estar acorde a lo establecido, por ejemplo en la Constitución política de Colombia o en su defecto por el Código de comercio.
De estas circunstancias nace el hecho de que la importancia de la costumbre mercantil radica en que, en los casos en los que no exista una norma específica, que no establezca un concepto sobre los hechos mercantiles, la costumbre mercantil servirá como norma auxiliar, de acuerdo con lo establecido en el art 5o del C. Co se establece lo siguiente:
"las costumbres mercantiles servirán, además, para determinar el sentido de las palabras o frases técnicas del comercio y para interpretar los actos y convenios mercantiles."
Forma de probar la costumbre mercantil:
De acuerdo a lo establecido en el Código General del Proceso CGP, la prueba de la costumbre mercantil se ejecutará lo siguiente:
- Por medio del testimonios de dos personas con la calidad de comerciantes y que los mismos que desempeñen las obligaciones que por mandato legal la ley establezca. En su testimonio debe de dar cuenta de la costumbre mercantil con los elementos anteriormente mencionados.
- Por medio de cinco (5) decisiones judiciales sobre la costumbre mercantil que hayan sido dictaminadas o sentenciadas por un juez en un litigio y que aseveren la existencia de la costumbre mercantil, y
- Por medio de un certificado que proporciona la cámara de comercio con jurisdicción al lugar en donde se pretende probar la costumbre mercantil, esto a razón de que las cámaras de comercio del país poseen información veraz sobre los actos de comercio en su jurisdicción.
"No hay duda de que el derecho mercantil contemporáneo, especialmente en los países de sistema continental, tiene su máxima expresión en la fuente escrita; pero no puede negarse que la costumbre, aunque relegada a una función subsidiaria sigue su misión precursora en la disciplina de los nuevos fenómenos hasta los cuales no puede llegar la imaginación del legislador...Para poder decir que nos encontramos frente a una costumbre, hay que pensar en algo, que alguien, alguna ve creó, y cuyo uso se ha generalizado, dándole fuerza moral." Madriñán de la Torre. ob, cit., p. 28.